miércoles, 5 de febrero de 2020







EL NUEVO SALARIO MÍNIMO DEL 2020


Hoy, publicaré una noticia contrastándola con distintas fuentes. Esta noticia trata de el nuevo salario mínimo que su puede pagar a una persona en España en este 2020, donde veremos cómo se explican en cada página web. La primera, será la del “País” la cual es de la que más me fío porque muestra al receptor los datos y explica muy bien cada idea para que las puedan entender las personas que no son especializadas en el tema:


¿Cómo se aplica el nuevo salario mínimo en 2020?
La subida salarial del 5,5% plantea numerosas dudas como, por ejemplo, qué cantidades de las que refleja la nómina hay que tener en cuenta para su cálculo
El Gobierno y los agentes sociales han acordado incrementar el salario mínimo interprofesional (SMI) un 5,5%. En consecuencia, el sueldo mensual de los trabajadores españoles con jornada de 40 horas semanales pasa de los 900 a los 950 euros, divididos en 14 pagas. O, lo que es lo mismo, pueden reclamar un salario mínimo de 31,66 euros diarios o 13.300 euros brutos anuales. De momento. Es posible que, como ha anunciado el Ejecutivo de coalición, este año haya una nueva subida del SMI, hasta llegar al tope de los 1.000 euros mensuales. El SMI es aplicable desde el 1 de enero de 2020.
Es habitual, especialmente cuando se producen modificaciones, que muchos trabajadores planteen dudas sobre si les afecta esta subida y cómo se refleja en la nómina. Para resolver estas preguntas es necesario partir de una serie de conceptos que aparecen en la hoja salarial.
En primer lugar, qué cantidad de dinero se percibe como salario base, es decir, la parte fija del sueldo que se recibe. Además, hay que analizar qué tipo de pluses o complementos se incluyen en la nómina. Solo algunos de ellos se suman al salario base para calcular el SMI que se cobra. De esta forma, y tras la subida aprobada, el total del salario base (con las pagas extra) y los pluses adicionales incluidos debe ser como mínimo de 950 euros mensuales.
¿A quién afecta la subida del SMI?
La gran mayoría de los trabajadores se encuentran protegidos por un convenio colectivo con sueldos superiores al salario mínimo aprobado por el Gobierno. La subida del SMI solo afecta, por tanto, a aquellos empleados que no están acogidos a un convenio. En estos casos, su relación laboral está regulada directamente por el contrato de trabajo firmado con la empresa.
Los beneficiados con la subida del SMI son los trabajadores que cobren menos de 950 euros al mes o 13.300 euros brutos anuales (incluyendo salario base y complementos). El cálculo ha de hacerse contando con los pluses que el convenio fija como comunes, es decir que cobran todos los empleados sin distinción.
Hay que tener en cuenta que estas cifras se refieren a una jornada tipo de 40 horas semanales. En caso de que esta sea inferior, el SMI se reduce en proporción a las horas trabajadas.
Los trabajadores cuyo salario (salario base más complementos comunes) esté por encima de 13.300 euros brutos anuales no notarán ningún cambio de forma directa pero sí indirectamente, al incrementares los límites de las indemnizaciones o prestaciones que abona el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA), o la parte del sueldo protegido frente a un embargo.
¿Qué es el salario base?
El salario base es la cuantía que viene establecida el convenio laboral o el contrato individual como sueldo fijo o retribución mensual pactada. En la nómina suele aparecer como tal, salario base, pero también se refleja con otras nomenclaturas como salario o sueldo.
Pagas extras: prorrateadas o no
Las pagas extraordinarias también se tienen en cuenta para calcular el SMI. Son las cantidades que se perciben de manera independiente al sueldo mensual. Como regla general se cobran en diciembre y junio, pero se puede pactar prorratearlas, en cuyo caso se perciben con la nómina mes a mes.
Complementos salariales, ¿cuándo se compensan?       
La mayoría de las dudas de los trabajadores sobre el SMI se refieren a qué complementos de la nómina deben sumarse al salario base para calcularlo correctamente. Los complementos salariales son retribuciones extra que se adicionan al sueldo mensual y que el empleador abona por un motivo concreto (trabajar de noche, años en la empresa, etc.). En la nómina pueden venir reflejados con distintos nombres, como plus, prima, incentivo, bonus, etc.
Los pluses que sí se tienen en cuenta para calcular el salario mínimo son los comunes. Es decir, lo que se pagan a todos los empleados por igual, independientemente de las condiciones y circunstancias personales de cada uno. También se llaman absorbibles porque el empresario los puede utilizar para compensar posibles subidas del salario base. La nómina viene a reflejarlos como pluses por convenio o a cuenta de convenio.
Sin embargo, los complementos que dependen de circunstancias personales (antigüedad, idioma, títulos), del trabajo realizado (nocturnidad, turnos, etc.) o los vinculados a los resultados de la empresa (productividad, bonus), no se tienen en cuenta en el cálculo de salario mínimo. Por lo tanto, no se pueden utilizar para compensar las subidas de salario.
Complementos extra salariales
Tampoco se incluyen en el cálculo del SMI los complementos extra salariales, como pueden ser dietas, vestuario o gastos por transporte. Son pagos por los gastos realizados como consecuencia de la actividad laboral. Sin embargo, hay algunos de estos complementos sobre los que existe distintas interpretaciones jurisprudenciales.
La Audiencia Nacional, en una sentencia de 16 de septiembre de 2019, anuló parcialmente un convenio de empresa porque establecía la compensación del salario mínimo con del plus de transporte y distancia, y del de vestuario. Sin embargo, el mismo tribunal dictó en mayo de 2019 una resolución en la que resolvió que la prima de productividad sí debe sumarse al salario base para el cálculo del SMI. Ante esta disparidad de criterios, es probable que el Tribunal Supremo tenga que pronunciarse para aclarar cuáles de estos complementos pueden ser absorbidos para incrementar el salario mínimo.
Salario bruto o neto. En dinero o en especie
Cuando hablamos de salario mínimo, se trata de salario bruto para jornadas completas, es decir, antes de que se apliquen las retenciones al IRPF y las cotizaciones a la Seguridad Social que realice la empresa. Por otro lado, para calcular el salario mínimo se tiene en cuenta el salario en dinero, no el de especie. Ejemplos de salario en especie son ayudas a la comida y/o aportaciones que haga la empresa a planes de pensiones. Además, es importante que el cálculo se haga desde una perspectiva anual. Ha de sumar 13.300 euros al año.
Ahora pasamos a la siguiente página web, que en este caso es la de “audiolís”, una página no muy conocida pero con información interesante.
El SMI 2020 se pacta en 950 euros (Salario Mínimo Interprofesional 2020)

El SMI 2020 o Salario Mínimo Interprofesional se acuerda el 30 de enero de 2020 de forma oficial en 950€/mes, pendiente de la publicación del Real Decreto que posiblemente se publique la semana que viene en el próximo Consejo de Ministros.
Mientras esperamos a que se implante de manera oficial, el SMI queda prorrogado temporalmente en 900€/mes, hasta que se adopte ese real decreto tan esperado que fije la cuantía para el 2020. Por lo pronto, el miércoles 22 de enero, se pactó entre Gobierno, patronal y sindicatos esta subida moderada del SMI hasta los 950 € al mes, cifra que repercutirá a más de 2 millones de trabajadores. Y este jueves 30 de enero se confirma esta subida con un acuerdo más institucional. Ya las declaraciones de la vicepresidenta primera, Carmen Calvo, auguraban que habría una subida progresiva para evitar problemas en las Pymes y que no se alcanzarían los mil euros.
Yolanda Díaz, ministra de Trabajo, reconoce que la subida a los 950 euros es insuficiente y que «no se puede vivir con 950 euros«, en una entrevista televisiva, haciendo alusión al problema de la vivienda existente en lugares como Madrid, Sevilla o Barcelona, donde muchos de los españoles se ve obligado a compartir piso.
Tras este acuerdo el SMI para 2020 será de 950 euros al mes, dividido en 14 pagas, y si la empresa abona los salarios en 12 pagas la cantidad será de 1.108,33 euros mensuales.
El bruto anual queda fijado en 13.300 euros (antes 12.600 euros), unos 31,66 euros diarios.
Se trata de una subida del 5,5% con respecto al sueldo mínimo diario de 2019.
Durante 2019, han existido promesas que nos indicaban que el SMI volvería a subir, situándose en los 1.000 € mensuales (33,33 €/día), con una subida del 11,11%. Pero parece que en una de las comparecencias, Pedro Sánchez quiso mostrar prudencia y, a la vez, imagen de avance con su Ejecutivo de coalición. Eso sí, tras la celebración del primer consejo de ministros, Pedro Sánchez aseguraba que su compromiso de subir el salario mínimo interprofesional seguía hacia adelante porque su objetivo es cumplir con la Carta Social Europea. Y así ha pasado, ha mostrado cautela y el acuerdo ha llegado a los 950 € mensuales.
Mientras tanto, el Real Decreto- Ley 18/2019, de 27 de diciembre, por el que se adoptan determinadas medidas en materia tributaria, catastral y de seguridad social, incluye una disposición mediante la cual, hasta que no se apruebe el real decreto por el que se fija el salario mínimo interprofesional para el año 2020, quedan prorrogados los efectos del Real Decreto 1462/2018, de 21 de diciembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2019 (900€/mes). Por lo tanto, estaremos atentos en las próximas semanas a la publicación del nuevo Real Decreto, pues es necesario que pasen 7 días para la audiencia pública, lo que supone que probablemente no se apruebe para el Consejo de Ministros del 28 de enero. Es decir, por ahora es solo un acuerdo, hace falta la legislación que lo establezca como tal.

Durante todos estos meses, la incertidumbre estaba en la situación de bloqueo político, pues claramente afectaba a la evolución de este salario, que podría quedarse congelado. Para estas últimas elecciones celebradas en noviembre de 2019, la mayoría de los partidos abogaban por una subida del Salario Mínimo Interprofesional:
·      PSOE: Aumentar gradualmente el salario mínimo interprofesional para cumplir con el artículo 4 de la Carta Social Europea.
·      Unidas Podemos: Alcanzar un SMI de 1200 euros.
·      Más país1.000€ en 2020 y 1.200€ a final de legislatura.


¿El Salario Mínimo establecido es para contratos de 40 horas? Efectivamente, es para jornadas completas. Para otro tipo de jornadas se debe calcular de forma proporcional.
Si trabajo menos de 40 horas semanales ¿qué ocurre?
Como hemos dicho en la respuesta anterior, se debe calcular de forma proporcional.
¿El sueldo mínimo es una cuantía bruta o neta?
Las cuantías son brutas, aplicando las deducciones que le correspondan.
¿Seguirá subiendo el SMI durante 2020?
La idea inicial es que se produjera una subida progresiva de los 900 euros de 2019 a los 1.000 euros, por lo que no se descarta una subida de los 950 que se aproxime más a la cifra planteada por Podemos.
¿Afecta a los funcionarios la subida de este salario mínimo?
La subida de los funcionarios ya ha sido regulada por el Real Decreto-ley 2/2020, de 21 de enero de 2020, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de retribuciones en el ámbito del sector público y donde se especifican todas las condiciones a aplicar.
¿Desde cuándo tiene efecto esta subida del sueldo mínimo?
Se efectuará con carácter retroactivo a fecha 1 de enero de 2020 después de su entrada en vigor. Para los trabajadores indefinidos, las empresas ya pueden empezar a trabajar en esta subida en la nómina o esperar a que salga el Real Decreto y luego compensar. El problema ocurre cuando hay que compensar contratos de días u horas durante el mes de enero.

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En mi opinión creo que no hace falta poner más fuentes porque como podemos ver aquí hay una gran diferencia en las dos noticias en el aspecto de organización y datos pero hay muchas semejanzas.
La gran diferencia es que en la primera lo que nos explica como era antes de haber hecho este gran cambio, que es el salario base y muchos más aspectos que a diferencia del segundo explicaba mas brevemente el fin que querían llega con esta propuesta cada partido político. Lo que me refiero es que la primera se ha centrado más en el ámbito socio-económico  y la segunda en el ámbito  poli-económico.

Las semejanzas que tiene es que llegan a un mismo fin que es el de mostrar a la sociedad a quien va a afectar este cambio o a quien le será indiferente. Lo que más me ha gustado de las dos noticiases la manera y la sencillez que tenían al explicar cada tema formando una especie de relación entre ellas. Además el gráfico y el mapa nos puede ayudar mucho para ponernos geográficamente situados.
Estas son las fuentes que he utilizado:



  KHADIJA KHALI


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consejitos...

Que os voy a contar chiquibabys, hay que ser realistas y no estar pensando en un futuro que aunque parezca cercano aun es muy lejano, primer...